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EL MODELO 720 ANTE SU JUICIO FINAL

Más de seis años después de la aprobación de la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, generalmente conocida como modelo 720, la Comisión Europea ha decidido llevar al Reino de España ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea por considerar que las sanciones previstas en caso de presentación extemporánea o incorrecta de dicho modelo resultan desproporcionadas y discriminatorias.

A juicio de la Comisión, la severidad de las sanciones alcanza tal magnitud que son susceptibles, por sí mismas, de dificultar las inversiones de las empresas y particulares españoles en el exterior, entrando en conflicto, en consecuencia, con las libertades comunitarias emanadas del Tratado Fundacional de la Unión Europea.

La decisión de la Comisión, relevante y noticiosa, no ha podido resultar, sin embargo, una sorpresa para la Administración Española. No debemos perder de vista que en el año 2015 la Comisión Europea inició un procedimiento específico de infracción que desembocó en el dictamen de 15 de febrero de 2017, en el que se instaba a España a que modificara la regulación de la declaración de bienes y derechos en el extranjero a fin de hacerla compatible con las libertades comunitarias.
Concretamente, en dicho dictamen, la Comisión consideraba que el modelo 720, en su actual configuración, infringe la libre circulación de personas, la libre prestación de servicios y la libre circulación de capitales.

A aquella decisión de la Comisión, en la que ya se avanzaba que en caso de no modificarse su regulación la cuestión del 720 sería elevada al Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, respondió la Administración Española con el silencio y la inacción en el ámbito legislativo.

En el ámbito administrativo, en paralelo a las acciones de la Comisión, si se había producido movimiento, procediendo el Tribunal Económico Administrativo Central a dictar resoluciones en las que, con diversos argumentos, procedía a anular sanciones impuestas a contribuyentes que presentaron el modelo 720 fuera del plazo legal.

El juicio final que en torno al 720 adopte el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea reviste una gran relevancia, no en vano, en el caso de que determine que vulnera el derecho de la Unión Europea, pudiera dar lugar a la anulación de sanciones impuestas con base a la actual regulación.

Por último, a modo de evocación histórica, recordar que esta declaración, que supone una “rara avis” en el derecho comparado, surgió como una medida aprobada para luchar contra el fraude fiscal y nutrir a la administración tributaria de información de los contribuyentes que posibilitara un aumento de la recaudación en aquellos momentos de zozobra presupuestaria.

Asimismo, desde su aprobación, el modelo 720 estuvo envuelto en la polémica, fundamentándose dicha controversia, principalmente, en los motivos que, finalmente, han llevado a la Comisión Europea a llevar a España ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea.

Ander Carrasco.
Abogado Bufete Barrilero y Asociados.