| Publicado en Expansion.com el 9 de noviembre de 2016. |
El fomento del emprendimiento es una de las ideas que más consensos reúne hoy en el mundo económico y sin duda una de las que más interés suscita en la sociedad, especialmente entre los jóvenes. Startup se ha convertido en una palabra de uso común y eventos como el reciente B Venture celebrado en Bilbao, verifican el poder de atracción del emprendimiento entre sectores de procedencias tan diversas como estudiantes, instituciones, inversores o tecnólogos. El mundo de las start up avanza a velocidad vertiginosa y por ello, quienes para su impulso jugamos un cierto papel de intermediación podernos apuntar algunas carencias cuya resolución podría contribuir a allanar su camino.
La primera constatación es que la legislación a la que tiene que acudir el mundo del emprendimiento es prolija y lenta, lo que dificulta poder atender con flexibilidad a estas nuevas empresas de base tecnológica e innovación permanente. Cuestiones como el desarrollo de la economía colaborativa, el constante avance tecnológico, la globalización del mercado o las nuevas relaciones laborales tendentes a la flexibilización, hacen necesarias herramientas más acordes con los requerimientos de inversores y emprendedores de una start up en el siglo XXI.
En nuestro entorno la sociedad de responsabilidad Limitada aparece como la forma jurídica más eficiente para la creación de una start up, siempre que en ella se reflejen de manera clara las “reglas de juego” entre socios/inversores y empresarios. Sin embargo, como muchas veces se apunta desde el mundo de los inversores internacionales, la limitación de responsabilidad es más teórica que real. Esta es una cuestión clave ya que los inversores internacionales priorizan los países que ofrecen mayores garantías reales a la hora de evitar que un proyecto empresarial fallido repercuta en su patrimonio personal. Es decir, que si el inversor y el empresario apuestan una inversión determinada, como máximo puedan perderla sin poner en riesgo el resto de su patrimonio personal. Delimitar el riesgo de cada parte aparece por tanto como un elemento clave para fomentar el emprendimiento en nuestro país.
Para participar en una startup también es esencial encontrar al socio/inversor que encaje personal y profesionalmente con el empresario. Elegir significa renunciar, por lo que no hemos de precipitarnos en la selección del socio/inversor. Como cualquier relación humana, las relaciones entre socios y entre el empresario/inversor son complejas. Debemos elegir bien a las personas con las que vamos a compartir el proyecto empresarial. El camino de la toma de participación nos servirá identificar si se dan las condiciones para evitar problemas futuros.
Otras cuestiones clave para la constitución/toma de participación en la start up son lograr el equilibrio entre el control y el mando, fijar fórmulas para que los recursos destinados al proyecto empresarial garanticen la rentabilidad ofrecida a socios/inversores, establecer vías de salida ágiles que eviten conflictos sin perjudicar la viabilidad del proyecto, proteger las propiedades intelectual e industrial, pactar la permanencia y/o no competencia… En definitiva, se trata de establecer con claridad lo que se espera de cada uno, eligiendo con inteligencia los instrumentos que nos permitan atender los intereses expuestos. Ello será decisivo para el éxito y consolidación de la start up.
Quienes apoyamos el mundo del emprendimiento desde diversas posiciones, ya sea la administración, operadores jurídicos y consultores, hemos de ofrecer a los emprendedores vías para que sientan que navegan con el viento a favor. Están en juego cosas tan trascendentales como la innovación o el empleo. Como decía Walt Disney “la mejor manera de empezar algo es dejar de hablar de ello y empezar a hacerlo”.
Miguel Etchart.
m.etchart@barrilero.es