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Lideramos todos los aspectos legales para la implantación, desarrollo, mantenimiento y control de modelos de compliance y gestión de riesgos, incluyendo modelos de prevención de delitos de las personas jurídicas, basados en las mejores prácticas de gobierno corporativo y en el Modelo de las Tres Líneas.

Desde 2004, coincidiendo con la entrada en vigor  de la “Sarbanes & Oxley Act” (normativa aplicable a la Stock & Exchange Commission de EEUU) el departamento de Compliance y Gobernanza presta asesoramiento en todos los aspectos relacionados con el cumplimiento normativo y las estructuras de gobernanza de sociedades. Nuestros clientes son empresas nacionales e internacionales, desde start-ups hasta grandes compañías, tanto privadas como cotizadas.

“Prestamos asesoramiento en
todos los aspectos relacionados
con el cumplimiento normativo
y las estructuras de gobernanza
sociedades”
Lideramos todos los aspectos legales para la implantación, desarrollo, mantenimiento y control de modelos de compliance y gestión de riesgos, incluyendo modelos de prevención de delitos de las personas jurídicas, basados en las mejores prácticas de gobierno corporativo y en el Modelo de las Tres Líneas. Asimismo, también acompañamos a nuestros clientes en procesos de certificación de dichos modelos de prevención de delitos (UNE 19601 sobre Compliance Penal) y modelos de Compliance (UNE/ISO 37001 sobre Antisoborno, UNE 19602 sobre Compliance Tributario, UNE 19603 sobre Compliance en materia de Libre Competencia, UNE 19604 sobre Compliance Sociolaboral y UNE/ISO 37301 sobre Sistemas de Gestión de Compliance).
Dada la relevancia que la materia tiene a nivel internacional, ofrecemos también un asesoramiento especializado en la implantación de modelos de Ética e Integridad de conformidad con estándares U.S.A. (ECI y Ethisphrere).

Nuestra experiencia y reconocido prestigio nos posiciona como una de las mejores opciones en el asesoramiento a las Comisiones de Auditoría en relación a aspectos de cumplimiento normativo y control conforme establecen las recomendaciones de la Guía Técnica 3/2017 de 27 de junio de 2017 de la CNMV.

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