Centros de datos: el pulso entre la inteligencia artificial y la seguridad jurídica

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PÚBLICO

La expansión de la inteligencia artificial está convirtiendo a los centros de datos en infraestructuras estratégicas, pero también en grandes consumidores de electricidad, agua y capacidad de red. Ante esta realidad, el Gobierno ha impulsado un Proyecto de Real Decreto que pretende someter su desarrollo a exigentes requisitos de sostenibilidad energética y ambiental, resiliencia y soberanía digital.

El Real Decreto-ley 7/2026 habilitó al Gobierno para establecer estas condiciones, por lo que el debate jurídico no se centra tanto en la existencia de potestad regulatoria como en los límites de su ejercicio.

Entre las medidas más relevantes figura la exigencia de que los centros de datos cubran un elevado porcentaje de su consumo eléctrico con nueva generación renovable, junto con mecanismos de correlación horaria. El objetivo —reducir el impacto de una demanda eléctrica creciente— responde a un interés general legítimo y a los objetivos europeos de descarbonización. Sin embargo, el artículo 129 de la Ley 39/2015 obliga a que las restricciones regulatorias sean necesarias, proporcionadas y respetuosas con la seguridad jurídica.

La cuestión adquiere especial relevancia por su aplicación a proyectos que ya se encuentran en tramitación o que incluso disponen de permisos de acceso y conexión. La modificación de las condiciones regulatorias puede ser legítima, pero debe ponderarse con el principio de confianza legítima, especialmente cuando los operadores han realizado inversiones relevantes amparándose en el marco normativo anterior. No existe un derecho a la inmutabilidad de las normas, pero tampoco resulta indiferente que un cambio regulatorio frustre proyectos avanzados y compromisos económicos ya asumidos.

Otro elemento controvertido es el establecimiento de recargos económicos elevados para quienes no cumplan determinadas exigencias. Su justificación deberá descansar en criterios objetivos y proporcionales. Si tales recargos tienen naturaleza meramente compensatoria, deberán guardar relación con los costes que el incumplimiento genere para el sistema; si su finalidad es esencialmente punitiva, surgirán las garantías propias del Derecho administrativo sancionador.

A ello se suma la dimensión de la soberanía digital, mediante requisitos relativos a la protección y localización de determinados datos. La medida responde a una preocupación estratégica creciente en Europa, aunque deberá aplicarse respetando el Derecho de la Unión y los principios de proporcionalidad y libre prestación de servicios. El reto, por tanto, no consiste en escoger entre centros de datos y sostenibilidad. Consiste en encontrar un equilibrio entre transición energética, seguridad del sistema, soberanía tecnológica y libertad de empresa.

España dispone de importantes ventajas para atraer inversiones vinculadas a la inteligencia artificial. Precisamente por ello, el futuro marco regulatorio deberá ofrecer simultáneamente ambición ambiental y previsibilidad jurídica. Una regulación excesivamente flexible podría trasladar los costes de esta nueva industria al conjunto de los consumidores; una regulación excesivamente rígida podría desplazar las inversiones hacia otros mercados.

La cuestión de fondo es sencilla, pero trascendental: regular los centros de datos sin convertir la sostenibilidad en una barrera para la innovación ni la seguridad jurídica en el coste de la transición digital. En último término, la cuestión jurídica esencial puede resumirse en una pregunta: ¿cómo puede el Estado exigir que las nuevas infraestructuras digitales sean sostenibles sin alterar de forma desproporcionada las reglas sobre las que se han construido las inversiones? La respuesta exigirá equilibrar cuidadosamente interés general, protección ambiental, libertad de empresa y seguridad jurídica. Ese equilibrio determinará la posición de España en la creciente competencia europea por atraer las infraestructuras que sostienen la inteligencia artificial.