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GIPUZKOA

Descargar nota 16 de Octubre

Normativa

Decreto Foral-Norma 8/2020, de 13 de octubre, sobre medidas complementarias de carácter urgente para paliar determinadas consecuencias del Covid-19.

BOG Nº 197 (15/10/2020)

Novedades aprobadas

IRPF

Exención del ingreso mínimo vital

Con efectos a partir del 1 de enero de 2020, se incluye como renta exenta en el IRPF la prestación económica del ingreso mínimo vital percibida en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 20/2020.

Exención de determinadas ayudas públicas concedidas como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del Covid-19

Estarán exentas en el IRPF las ayudas que se relacionan a continuación para paliar las consecuencias de la crisis sanitaria derivada del Covid-19:

  • – Las ayudas al alquiler de vivienda libre concedidas en virtud de lo dispuesto en la Orden de 30 de abril de 2020, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.
  • – Las ayudas concedidas en virtud de la Orden de 31 de marzo de 2020, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se regulan las medidas a adoptar en materia de vivienda protegida en régimen de alquiler a fin de responder al impacto económico del Covid-19.
  • – Las ayudas de apoyo a familias para la asistencia, atención y cuidado de sus hijos e hijas, por razón de su edad, de personas dependientes o de personas enfermas (contagiadas o aisladas) que hayan resultado afectadas por el Covid-19, concedidas en virtud de lo dispuesto en la Orden de 8 de abril de 2020, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales.
  • – Las ayudas concedidas a las personas beneficiarias del programa subvencional recogido en la Orden de 28 de julio de 2020, de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca para el 2020 el programa «Euskadi Turismo Bono» de estímulo al consumo en establecimientos de los sectores turísticos, de restauración y hostelería de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y otras que se concedan en el marco del Protocolo General de Actuación entre el Gobierno Vasco, las tres Diputaciones Forales, los Ayuntamientos de las tres capitales vascas y la Asociación de Municipios Vascos, Eudel.
  • – Las ayudas concedidas a las personas beneficiarias del programa subvencional recogido en la Orden de 28 de julio de 2020, de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca el programa de estímulo del consumo en establecimientos del sector comercial de la Comunidad Autónoma del País Vasco «Euskadi Bono-Comercio / Euskadi BonoDenda», y otras que se concedan en el marco del Acuerdo interinstitucional entre el Gobierno Vasco, Diputaciones Forales de Álava y Bizkaia, la Asociación de Municipios Vascos Eudel y los Ayuntamientos de Bilbao y Vitoria-Gasteiz.

Se trata de ayudas concedidas para garantizar el derecho a la vivienda a personas o familias en situaciones de vulnerabilidad económica y social, así como para la conciliación de la vida familiar y laboral, y con el objetivo de provocar a través de los programas «Euskadi Turismo Bono» y «Euskadi Bono-Comercio/Euskadi Bono-Denda» el estímulo al consumo en establecimientos de los sectores turísticos, de restauración y hostelería, así como en el sector comercial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Prestaciones por cese de actividad de los trabajadores autónomos

Se establece la calificación de rendimiento de actividad económica de las prestaciones percibidas durante 2020 como consecuencia del Covid-19, por cese de la actividad de autónomos o profesionales, en los siguientes supuestos:

  • – La prestación extraordinaria por cese de actividad percibida por los trabajadores por cuenta propia o autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, al amparo del artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020.
  • – La prestación por cese de actividad y trabajo por cuenta propia y la prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores de temporada, percibidas al amparo de lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Real Decreto-ley 24/2020.
  • – Las prestaciones previstas en los artículos 13 y 14 y disposición adicional cuarta del Real Decreto–ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.

Pago fraccionado

Exoneración del pago fraccionado del tercer trimestre de 2020 en el IRPF:

Los contribuyentes del IRPF que ejerzan actividades económicas no estarán obligados a autoliquidar e ingresar en la Hacienda Foral de Gipuzkoa el pago fraccionado correspondiente al tercer trimestre de 2020.

IS

Deducción por creación de empleo:

  • – A efectos del cómputo del plazo de 3 años establecido en el párrafo sexto del apartado 2 del artículo 66 de la NFIS, se establece el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 no será tenido en cuenta a efectos del cumplimiento del requisito de mantenimiento o aumento del salario de la persona trabajadora durante los períodos impositivos concluidos en los 3 años inmediatos siguientes a la finalización del período impositivo en que se realizó la contratación, de tal manera que se presume su cumplimiento en dicho periodo.

ITP/AJD

Con efectos desde el 9 de julio de 2020, se exime del ITP/AJD a las escrituras de formalización de las moratorias de préstamos y créditos hipotecarios y de arrendamientos, préstamos, leasing y renting sin garantía hipotecaria que se produzcan en aplicación de la moratoria hipotecaria para el sector del transporte público de mercancías y discrecional de viajeros en autobús, regulada en los artículos 18 al 23 del Real Decreto-ley 26/2020 de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del Covid-19 en los ámbitos de transportes y vivienda, dando así a estas operaciones el mismo tratamiento otorgado a otras moratorias en el artículo 2 del Decreto Foral-Norma 6/2020, de 21 de julio, sobre medidas tributarias adicionales tras la emergencia sanitaria del Covid-19 (número 23 del artículo 41.I.B) de la Norma Foral 18/1987).

Entrada en vigor

15 de octubre de 2020, sin perjuicio de los efectos expresos previstos en su articulado.