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IMPACTO FISCAL EN EL SECTOR EMPRESARIAL

El grado de avance del Coronavirus y su especial incidencia en la economía global nos obliga a plantearnos de qué manera puede impactar en las empresas desde un punto de vista fiscal, qué medidas se están adoptando y cuáles serían deseables su adopción y sobre todo obliga a realizar un análisis integral de la situación actual y futura de la empresa, y a plantear un plan  de acción global que ayude a mitigar los efectos en el ámbito económico, plan del que puede depender la salida de la crisis en mejores condiciones  de la empresa, o en último término, su propia supervivencia.

No cabe duda de que las empresas que operen en determinados sectores se están viendo y se verán especialmente afectadas (turismo, comercio, transporte, ocio…), pero la crisis desatada por el coronavirus tendrá un impacto directo en todas las empresas y trabajadores autónomos.

Por otra parte, conviene recordar que la crisis del Coronavirus llega en un momento en que la economía mundial, y particularmente la española, empezaba a mostrar signos de fatiga.

Entre los mayores impactos podemos destacar:

  • – Impacto en las cuentas de resultados y estados financieros de las empresas

Sin duda uno de los efectos más inmediatos es el impacto en la cuenta de resultados de las empresas, vía disminución de ingresos o mayores gastos.

No obstante, podemos apuntar también los efectos en los siguientes ámbitos: valoración de los activos afectados y sus correspondientes deterioros, periodificaciones de ingresos y gastos, proyecciones de resultados, etc.

Asimismo, podemos apuntar problemas de liquidez en las empresas, derivados no solo de la propia afección a sus cuentas de resultados, sino de distorsiones en los pagos de clientes y proveedores, que pueden afectar no solo a su operativa, sino también a los impuestos periódicos a presentar (IVA, retenciones, pagos a cuenta…)

  • – Impacto en la cadena de producción de bienes y servicios de las empresas.

Todas aquellas empresas que operen en varias jurisdicciones o que tengan contacto con el exterior deben de analizar una serie de cuestiones que pueden afectar a su cadena de producción de bienes y servicios.

En este sentido, podemos destacar el impacto en posibles cierres o modificaciones de mercados de suministros producción o fabricación, en particular, China y países de su entorno. Si la empresa tenía parte de su fabricación en dichos mercados podemos ver cómo podría verse comprometida la entrega de sus productos a los consumidores, mientras tiene que seguir pagando impuestos y salarios. La necesaria deslocalización en estos casos puede tener como consecuencia la modificación de las políticas de precios de transferencia de la empresa (al modificarse las jurisdicciones en las que opera) o la existencia de aranceles, aduanas o medidas fiscales implantadas en terceros países que podrían afectar.

Como medida de reacción a todos los impactos mencionados podemos distinguir entre las medidas fiscales adoptadas y aquellas que serían necesarias desde la óptica de la empresa.

Medidas fiscales adoptadas: 

Ayer jueves 12 de marzo se aprobó en el Consejo de Ministros el Real Decreto-Ley 7/2020, que contiene una serie de medidas fiscales entre las que podemos destacar:

  • – Adelanto del anticipo a cuenta a las Comunidades Autónomas por 2800 millones de euros con destino el ámbito sanitario
  • – Aplazamiento de pago de impuestos por seis meses (sin intereses los tres primeros) para Pymes y Autónomos. En este sentido, se permitirá aplazar hasta un importe de 30.000 euros de deudas en concepto de IVA, retenciones y pagos a cuenta correspondientes a declaraciones cuyo plazo de presentación comprenda desde la fecha de la aprobación del presente Real Decreto-Ley hasta el 30 de mayo.
  • – Concesión de línea de financiación ICO dotada con 400 millones de euros, y destinada al sector turístico, transporte y hostelería.
  • – Aplazamiento de la devolución de préstamos concedidos por el Ministerio de Industria

Por su parte el Ayuntamiento de Madrid ha adoptado una serie de decisiones en su Junta de Gobierno en el ámbito fiscal como pueden ser la bonificación del 25% del IBI y del IAE para empresas que operen en los sectores más afectados o moratoria en el pago de determinados Impuestos y tasas locales.

Medidas fiscales que, desde nuestra perspectiva, deberían aprobarse:

Desde nuestra perspectiva sería deseable la adopción de medidas de estímulo fiscal más ambiciosas, y dirigidas no solo a los sectores más afectados sino en general en el ámbito económico. En este sentido la principal medida tributaria aprobada en el Real Decreto-Ley 7/2020 (el aplazamiento por seis meses de determinadas deudas hasta un importe de 30.000 euros) nos parece claramente insuficiente. Podemos apuntar las siguientes:

  • – Diferimiento pago impuestos (IVA, pagos fraccionados, retenciones)
  • – Mayores facilidades en la concesión de aplazamientos de impuestos sin límite temporal, permitiendo mayores plazos y sin cuantía prefijada.
  • – Medidas fiscales sectoriales
  • – Reducciones o exenciones temporales de impuestos.
  • – Eliminación del pago fraccionado mínimo.

No obstante, habrá que analizar qué incidencia tendrá en la “brecha presupuestaria” la previsible caída en la recaudación vía menores ingresos, el aumento en el gasto como consecuencia de la crisis sanitaria y el impacto en la deuda pública, ya de por sí muy elevada.

Otras jurisdicciones:

En otras jurisdicciones con especial grado de afección, como puede ser China o Italia se han adoptado reducciones de impuestos e incentivos (caso de Italia) o exenciones en el IVA y deducciones por inversiones en el Impuesto sobre Sociedades, en el caso de China.

En definitiva, la especial incidencia que la crisis del Covid-19 está teniendo en el ámbito nos lleva a la recomendación de efectuar un análisis de la situación particular de cada una de las empresas, en la que habrá que analizar todas las cuestiones que hemos apuntado y, en particular, el sector en que trabajan, si operan en diferentes jurisdicciones, qué necesidades de liquidez y circulante tienen, y qué medidas se han implantado y cuales se pueden implantar.

Por otro lado, como en todas las crisis, no hay que olvidar las oportunidades de inversión que se pueden abrir en todas aquellas compañías en las que existan bajadas en la valoración de las mismas, cuestión que será necesario igualmente analizar.