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Impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito (Bizkaia).

La Norma Foral 9/2014, de 11 de Junio, aprueba el Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito, un tributo de nueva concertación y de naturaleza directa que grava los depósitos constituidos en las entidades de crédito.

Así, constituye el hecho imponible el mantenimiento de fondos de terceros, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, por las entidades de crédito españolas y las sucursales en territorio español de entidades de crédito extranjeras, siempre que comporten la obligación de restitución, a excepción de los fondos mantenidos en sucursales fuera del territorio español.

Estarán exentos del impuesto:
– El Banco de España y las autoridades de regulación monetaria.
– El Banco Europeo de Inversiones.
– El Banco Central Europeo.
– El Instituto de Crédito Oficial.