MERCADO DE CAPITALES
Quien hoy quiera consultar la información que las empresas europeas publican por obligación legal necesita, ante todo, saber dónde buscarla. Cada Estado miembro la guarda en sus propias fuentes nacionales y el resultado es un mapa fragmentado. El Reglamento (UE) 2023/2859 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2023, responde a esta situación con la creación del Punto de Acceso Único Europeo (PAUE en español, ESAP por sus siglas en inglés), una plataforma común cuya primera fase ha echado a andar este verano.
El proyecto se enmarca en el Plan de Acción para la Unión de los Mercados de Capitales y persigue tres objetivos, que pasan por dar más visibilidad a las empresas, abrirles nuevas oportunidades de financiación y facilitar la toma de decisiones de inversión.
En España, el paso del papel a la práctica ha venido de la mano de dos hitos casi simultáneos. El primero fue el arranque de la primera fase el 10 de julio de 2026, cuando las entidades obligadas empezaron a remitir su información a los organismos de recopilación, si bien el público tendrá que esperar a julio de 2027 para consultar la plataforma. El segundo llegó apenas diecisiete días después, con la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Digitalización y Modernización del Sector Financiero, que adapta nuestro ordenamiento a la normativa europea del ESAP y se encuentra en plena tramitación parlamentaria. A ambos se suma, como complemento útil, la guía práctica que la CNMV publicó en mayo de 2026 para aclarar el circuito operativo antes de la apertura de la plataforma al público.
Conviene subrayar que el ESAP no impone nuevas obligaciones a las empresas europeas ni les exige remitir información adicional. Se limita a reunir la que ya se hacía pública por exigencia de la normativa comunitaria y a ofrecerla en un punto de acceso público, centralizado y digital.
En cuanto a su funcionamiento, el sistema opera en dos niveles. Las entidades remiten su información a un organismo nacional de recopilación, que la valida y la traslada a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), encargada de gestionar el portal. En el caso español, esa labor de recopilación se repartirá entre distintos organismos según la materia de que se trate.
Por lo que respecta al calendario, el despliegue será gradual y se articulará en tres fases sucesivas repartidas a lo largo de cinco años. La primera, en marcha desde julio de 2026, cubre esencialmente la información que publican las sociedades cotizadas y los emisores. La segunda, a partir de enero de 2028, sumará la información contable, la relativa a la sostenibilidad de los productos financieros y la de los fondos de inversión, entre otras. La tercera, desde enero de 2030, incorporará el grueso del sector financiero regulado, incluidos la banca, los seguros, los mercados de instrumentos financieros, los criptoactivos, los bonos verdes y la auditoría. El ciclo se cerrará en 2031 con la información derivada de la nueva Directiva de diligencia debida en materia de sostenibilidad. Al final del recorrido, la información pública del sector financiero europeo debería concentrarse en un único punto.
Hay, además, una previsión que merece atención especial, sobre todo fuera del parqué. A partir del 10 de enero de 2030, el ESAP permitirá también a las sociedades no cotizadas, incluidas las pequeñas y medianas, publicar voluntariamente su información a través del Registro Mercantil. Para una pyme con proyección internacional, ese escaparate puede convertirse, con el tiempo, en una verdadera carta de presentación ante el inversor europeo.
En definitiva, el ESAP no cambia lo que se publica, sino dónde y cómo se consulta. Se trata de una infraestructura común cuyo despliegue, dilatado a lo largo de varios años, transformará la manera de acceder a la información pública del sistema financiero europeo. Quien empiece hoy a preparar la suya con esa lógica en mente llevará ventaja cuando, dentro de pocos años, hacerlo así sea sencillamente el estándar.
