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LA NUEVA DIMENSIÓN: EL METAVERSO

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Juan Antonio Caubet

Mercantil

El metaverso va a provocar un cambio aún más profundo que la llegada de Internet”, esta predicción la realizaba recientemente José María Álvarez-Pallete, presidente ejecutivo de Telefónica, refiriéndose a lo que va a suponer la llegada e implementación de un nuevo mundo de realidad virtual, donde las personas interactúan en un entorno artificial, gracias a la tecnología. El metaverso representa una nueva dimensión a la hora de percibir el mundo y una gran oportunidad para todo tipo de empresas para desarrollar nuevos modelos de negocio, hasta el extremo que Mark Zuckerberg, fundador de Facebook, cambio el nombre de la compañía por el de “Meta”, apostando todo por este nuevo entorno digital, que muchos describen como la evolución de internet. 

Este mundo paralelo de realidad virtual, que a día de hoy nos puede parecer ciencia ficción, es ya una realidad en algunos entornos que han visto una importante oportunidad de negocio en esté nuevo ámbito, y que según algunos estudios va a suponer que las ventas relacionadas con el universo digital podrían suponer el 10% de la cifra de negocio total de la industria del lujo en 2030, según estimaciones de la consultora estadounidense Morgan Stanley. En otros sectores, como el inmobiliario, ya han sabido aprovechar esta nueva oportunidad de negocio, y en 2021 las compraventas en el mundo virtual alcanzaron los 500 millones de dólares, y se prevé que el mercado inmobiliario del metaverso crezca a una tasa anual del 31% entre 2022 y 2028. 

El metaverso en su significado jurídico es una infraestructura de hardware y software perteneciente a una entidad con personalidad jurídica que canaliza a través de una red inteligente y mediante sistemas de inteligencia artificial la recreación de la realidad natural en un entorno de redes virtuales.

Desde el punto de vista jurídico, se abre un nuevo entorno en el que se van a producir nuevas interacciones sociales, económicas y laborales tanto personales como empresariales que van a dar lugar a nuevas relaciones y controversias que el derecho tiene que ser capaz de dar respuesta y regular. En este sentido, el legislador debe tener la suficiente visión de futuro como para conseguir tener los ordenamientos jurídicos actualizados y adaptar las leyes para dar alcance a todas las situaciones que puedan ocurrir, y así poder abordar otros problemas jurídicos que pueden surgir en este mundo alternativo relacionados con, entre otros, la protección de datos personales y la falta de seguridad sobre la identidad digital o el fraude y robo de bienes digitales.

El metaverso se sustenta gracias a los datos que obtiene de sus usuarios tras interactuar con el mismo metaverso, lo que supone un tratamiento de datos a un nivel nunca visto hasta ahora, que nuestra legislación estatal y europea no se encuentran preparadas para dar respuesta y proteger, y que supone un problema jurídico, ya que los metadatos son el principal reto jurídico a tener en cuenta por el legislador europeo y los de sus estados miembros, como así también por Estados Unidos o China.

Además de la protección de datos, uno de los principales problemas que empiezan a florecer y que genera mayor inquietud para los usuarios y empresas es el de cómo se puede hacer efectivo el cumplimiento de obligaciones en el metaverso y ante qué jurisdicción se alega, es decir cuál es la jurisdicción competente para conocer el asunto, ya que se trata de algo que habrá ocurrido en un mundo digital y descentralizado.

Ante esta problemática a la que los diferentes ordenamientos jurídicos deben ir dando respuesta y actualizarse, se empiezan a plantear mecanismos de resolución alternativos de conflictos, y en este sentido, existen actualmente dos propuestas normativas de la Comisión Europea, que se hallan todavía en fase de tramitación legislativa, y buscan aportar mecanismos jurídicos a este respecto. Se trata de las propuestas de Digital Services Act y la Digital Market Act, como mecanismos de solución de conflictos que tienen como objetivo asegurar el cumplimiento de la ley de la manera más rápida y eficiente posible, facilitando la resolución extrajudicial de conflictos. 

Sin embargo, todas las cuestiones planteadas en este artículo, son únicamente algunas de las existentes y hay otras que se tendrán que dirimir y dar respuesta, como por ejemplo ¿Cómo se verán afectadas la propiedad intelectual, la fiscalidad, la privacidad de los usuarios, los delitos contra la vida y la integridad física, las relaciones laborales?, tendremos que estar muy atentos y sobre todo ser muy ágiles para adaptarnos y dar respuesta a todas estas cuestiones en una realidad que todavía es muy incipiente pero que a muy corto plazo estará totalmente integrada en nuestro día a día, y que también, sin duda, será una nueva oportunidad de negocio para muchos sectores económicos.