DIVISIÓN MERCANTIL BUFETE BARRILERO Y ASOCIADOS
Mercantil
Los fondos de capital riesgo europeos o “FCRE” son un tipo de vehículo de inversión cada vez más común en el mercado español. Pero, ¿qué son exactamente los FCRE? ¿Qué diferencias o ventajas podemos identificar respecto de otros fondos de capital riesgo?
En primer lugar, conviene entender que el Reglamento (UE) 345/2013 (el “Reglamento”) que regula los FCRE tiene por objeto fundamental posicionar e impulsar los fondos de capital riesgo para ampliarlos, adoptando una estrategia de inversión diversificada, y fomentando la innovación y el crecimiento de las empresas de la Unión Europea.
Para la obtención de la etiqueta FCRE y la comercialización de sus fondos en toda la UE, los gestores de fondos de capital riesgo europeo deben constituir un fondo que:
- – Invierta el 70 % del capital que recibe de inversores en dar apoyo a empresas admisibles, tales como pymes jóvenes e innovadoras;
- – Aporte financiación mediante capital o cuasi capital (es decir, nuevo capital) a estas empresas;
- – No recurra al apalancamiento (esto es, que el fondo no invierta más capital del que han comprometido los inversores, evitando el endeudamiento).
El Reglamento concede a los gestores nuevas medidas para constituir y comercializar sus fondos en toda la Unión Europea bajo un mismo conjunto normativo, aportando claridad y seguridad, y promoviendo en todo momento la actividad inversora de los vehículos de capital riesgo. Es por ello que los FCRE han experimentado un importante proceso de crecimiento en nuestro mercado, suponiendo una alternativa atractiva y eficiente a otros vehículos de inversión que podemos encontrar en nuestra regulación, como son los fondos de capital riesgo (FCRE) o los fondos de capital riesgo PYME.
Los FCRE solo podrán invertir en sociedades que no hayan sido admitidas a cotización en un mercado regulado o en un sistema multilateral de negociación, que empleen hasta 499 personas, y en las pymes que coticen en mercados de pymes en expansión. A pesar de que los FCRE se denominen fondos de capital-riesgo europeos, las sociedades en las que invierten no tienen que ser necesariamente europeas. Se permite la inversión en empresas establecidas en un tercer país, siempre y cuando se cumplan determinadas garantías en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, así como en materia fiscal. La entrada en dichas empresas debe hacerse, principalmente, en su capital, sin perjuicio de que posteriormente se permita la concesión de préstamos.
Por otro lado, cabe destacar que para los FCRE no se contemplan límites de diversificación de la inversión, pudiendo, por tanto, invertir en una única empresa. Esto supone una característica resaltable, pues otros vehículos similares se encuentran obligados a invertir en diferentes empresas y/o proyectos, por lo que la exposición al riesgo está más repartida.
Como una de sus principales ventajas, los FCRE pueden admitir no solo inversores institucionales y profesionales, sino que podrán extender la captación a inversores minoristas, tanto en España como en cualquier país de la Unión Europea, siempre que éstos reúnan las siguientes condiciones:
- a) Que se comprometan a invertir como mínimo 100.000 EUR.
- b) Que declaren por escrito en documento ad hoc que son conscientes de los riesgos ligados al compromiso o la inversión previstos.
Los FCRE deberán garantizar que ningún inversor obtenga un trato preferencial, salvo que dicho trato preferencial se haga constar expresamente en las reglas o instrumentos de constitución del fondo.
Los FCRE carecen de personalidad jurídica y deberán ser gestionados directamente por una sociedad gestora que, a través de sus órganos internos, tomará las decisiones de inversión en relación con el FCRE. Esta sociedad gestora deberá estar debidamente autorizada por la correspondiente autoridad pública, esto es, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en España.
Todo lo expuesto posiciona a los FCRE como una gran alternativa para las inversiones de capital riesgo en nuestro país y en relación con todo el territorio de la Unión Europea.