El RD 410/2014, de 6 de Junio tiene por objeto introducir determinadas modificaciones en el régimen jurídico de la declaración-resumen anual regulada en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, se modifica el régimen jurídico de las notificaciones en sede electrónica.
En el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido, se establece la posibilidad de exonerar de la obligación de presentar la declaración-resumen anual a determinados sujetos pasivos, cuya concreción se remite a desarrollo por Orden ministerial, considerando el principio de limitación de los costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales y teniendo en cuenta la información que van a venir obligados a suministrar en sus autoliquidaciones del impuesto.
Para adaptar la normativa sobre asistencia mutua se añade un artículo que regula la obligación de las instituciones financieras de suministrar información sobre cuentas financieras y de identificar la residencia o en su caso nacionalidad de las personas que ostenten la titularidad o el control de las mismas.