TRABAJO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
ÁNGELA YÁRRITU ARNAIZ
LABOR AND SOCIAL SECURITY
Es innegable que la revolución digital ha venido para quedarse, cambiando de manera definitiva tanto las relaciones personales como las laborales.
La digitalización en el trabajo nos ha permitido la organización y la realización del mismo en cualquier lugar y momento, originando la aparición de nuevas formas de trabajo como el teletrabajo, que permite trabajar a distancia sin necesidad de estar físicamente en la empresa.
Pero ¿en qué afecta el hecho de que estemos permanentemente localizables y tengamos la posibilidad de trabajar las 24/7, los 365 días al año?
Resulta evidente que la digitalización del trabajo permite la conciliación de la vida laboral y familiar y, además, favorece los niveles de productividad ya que permite respuestas rápidas y ahorro de tiempo. No obstante, presenta pluralidad de desventajas dado que provoca inseguridad y puede afectar a la salud de los trabajadores.
Inicialmente, la preocupación se centraba en evitar excesos de jornada, lo cual se pretende limitar con el registro de jornada obligatorio impuesto por el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Ahora, la verdadera preocupación se centra en la invasión de en vida privada y la intimidad de los trabajadores, así como en el daño a su salud, que pueden ocasionar los sistemas de geolocalización y control puestos en los dispositivos.
La intimidad de los trabajadores puede verse afectada por el excesivo control y localización del trabajador ejercido por el empresario, con el consiguiente efecto negativo sobre la salud física y psicológica del trabajador. Por ello, hoy muchas voces se están alzando con el fin de alertar de los efectos que la sociedad digital provoca en la salud de los trabajadores. Concretamente, en la salud psicológica del trabajador, que muchas veces siente la necesidad de estar conectado las 24 horas del día exigiendo del mismo una competitividad absoluta.
Esta preocupación ha llevado a que en España se legisle por primera vez sobre el derecho a la desconexión digital en el ámbito del trabajo a través de la aprobación de la Ley 3/2018 de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, que recoge expresamente el derecho a la desconexión digital en el ámbito del trabajo.
Parece que se empiezan a dar pasos en este ámbito y que las empresas están empezando a tomar conciencia del impacto de las tecnologías en sus trabajadores. Las nuevas tecnologías están provocando nuevas enfermedades laborales que las empresas deben identificar y, además, establecer protocolos para evitar posibles responsabilidades futuras.
En definitiva, es evidente que en un mundo en continuo cambio y con vidas cada vez más frenéticas resulta necesaria la tecnología para poder compaginar vida laboral y personal. Pero, como todo en esta vida, es importante buscar el equilibrio para poder hacer de la tecnología nuestro mayor aliado y no a la inversa.