Mediante la Norma Foral 19/2014, de 18 de Junio, se introduce la posibilidad en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y cumpliendo determinados requisitos, de poder “compensar” las ganancias patrimoniales derivadas de las cantidades a que tuviera derecho en el momento del cese de su actividad laboral, con las pérdidas patrimoniales derivadas de cuantías no recuperadas o aplazadas en situación de concurso.
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