PÚBLICO
La Tasa de Basura: Un Nuevo Desafío Legal para Ayuntamientos y Ciudadanos.
A partir del día 10 de abril de 2025, la polémica tasa de basuras ya es una realidad. Todos los municipios con más de 5.000 habitantes están obligados a implantar un tributo destinado a financiar la recogida, transporte y tratamiento de los residuos sólidos urbanos. Esta medida, que se enmarca en la transposición de una Directiva Europea de 2018, busca alcanzar los ambiciosos objetivos de reciclaje y reutilización de residuos, con un horizonte de 2025 y 2035 para alcanzar el 55% y 65%, respectivamente. Sin embargo, la falta de uniformidad en su aplicación está generando controversia entre los distintos Consistorios.
La controversia sobre su aplicación.
La nueva ley, nacida de la Ley 7/2022 sobre residuos y suelos contaminados para una economía circular, ha sido calificada por Luis Martínez-Sicluna, secretario general de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), como una “regulación defectuosa”. En su opinión, la norma genera disparidad entre los municipios, ya que cada uno puede decidir los criterios para aplicar el tributo, lo que ha llevado a la aparición de grandes diferencias en las tarifas. En algunos casos, la tasa puede variar entre los 30 y los 120 euros anuales, con una media estimada de unos 80 euros por hogar.
¿Cómo se Calcula la Tasa?
La ley no establece criterios claros sobre cómo debe calcularse el importe, por lo que cada municipio tiene libertad para fijarlo según sus propias normas. Mientras que algunos Consistorios optan por una tasa fija, la mayoría elige sistemas variables basados en factores como el valor catastral de la vivienda, el número de personas empadronadas o el consumo de agua. Además, se contempla la posibilidad de aplicar tasas diferenciadas para colectivos en riesgo de exclusión social, teniendo en cuenta criterios como los ingresos familiares, la situación laboral o la discapacidad.
La Cuestión del Propietario vs. Inquilino
Otro de los puntos que ha suscitado debate es quién debe hacerse cargo de la tasa: ¿el propietario o el inquilino? La normativa establece que el sujeto pasivo del tributo será el ocupante de la vivienda, es decir, el inquilino, ya que es quien se beneficia directamente del servicio de recogida de residuos. De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, para que un gasto sea trasladado al arrendatario debe estar previamente estipulado en el contrato. Así, aquellos inquilinos cuyo contrato esté en vigor antes de la entrada en vigor de la tasa no tendrán que abonarla.
En los contratos de arrendamiento que se firmen a partir de la implementación de la tasa, los arrendadores podrán incluirla, siempre que consulten previamente con el Ayuntamiento para conocer el importe exacto. Cabe señalar que, al tratarse del primer año, el precio podría ser orientativo y ajustarse en el futuro.
Un Futuro con incertidumbres
La implementación de la tasa de basuras promete generar cambios en el panorama jurídico y social del país. Si bien el principio “quien contamina, paga” se encuentra detrás de esta normativa, su aplicación aún está rodeada de incertidumbres que afectan tanto a ciudadanos como a Ayuntamientos. Mientras algunos municipios ya han implementado sistemas similares, el desafío ahora es conseguir una aplicación uniforme y justa que cumpla con los objetivos medioambientales sin generar perjuicios económicos innecesarios para los ciudadanos.
En definitiva, la tasa de basuras es un tributo que marcará el futuro de la gestión de residuos urbanos en nuestro pais. Sin embargo, su implementación, aunque necesaria, sigue siendo una fuente de debate y reflexión en el ámbito jurídico y social del país.