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DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

D.N.I

Fotocopia del D.N.I. del declarante y cónyuge, en su caso.

Claves

Claves facilitadas por Hacienda.

Documentación relativa a las retenciones soportadas:

    • En caso de retenciones a cuenta del trabajo personal el Mod. 10-T debidamente cumplimentado.
    • Cuando se trate de retenciones a cuenta por rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos, prestaciones de seguros, etc), certificación de la entidad o empresa pagadora recogiendo las cantidades abonadas y retenidas.
    • En el caso de retenciones a cuenta de actividades profesionales o artísticas, certificación emitida por el pagador.
    • Si se hubieran realizado pagos fraccionados a cuenta del Impuesto, las cartas de pago justificativas de dichos ingresos.
    • Certificado de los ingresos a cuenta correspondientes a las retribuciones en especie.
    • Prestaciones derivadas del INEM y del INSS: certificado emitido por la entidad pagadora

Justificantes de los ingresos obtenidos por los diferentes conceptos:

Rendimientos del trabajo, de actividades económicas y profesionales, del capital mobiliario e imputación o atribución de rentas.

Justificantes de gastos:

Asociados a actividades económicas y profesionales.

Justificantes de los rendimientos percibidos:

Por arrendamientos de inmuebles, así como retenciones soportadas sobre los mismos.

Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del año 2022 de todos aquellos inmuebles de su titularidad.

Justificante de los intereses de capitales ajenos

Justificante de los intereses de capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora de bienes inmuebles.

Certificado de las aportaciones

Certificado de las aportaciones a Planes de Pensiones, EPSV o Sistemas alternativos.

Pensiones compensatorias:

Sentencia o decisión judicial, así como justificante que acredite las cantidades satisfechas objeto de deducción

Justificación de importes obtenidos

Justificación de importes obtenidos en la enajenación de toda clase de activos, así como costes y fechas de adquisición de los mismos.

Justificantes de todas las deducciones a practicar en la cuota, entre otros:

    • Fotocopia del libro de familia (matrimonio, hijos).
    • Certificado que acredite el grado de minusvalía/dependencia.
    • Certificado de empadronamiento de los ascendientes con derecho a deducción.
    • Justificante de los gastos de custodia de los hijos.
    • Justificante del importe satisfecho por alquiler de la vivienda habitual.
    • Justificante de inversiones realizadas en vivienda habitual (cuotas préstamo, pagos a promotor, etc)
    • Justificante de aportaciones a cuentas vivienda.
    • Justificante de las inversiones en el caso de actividades económicas y profesionales.
    • Justificante de donativos efectuados.
    • Justificante del porcentaje de participación del comunero en la comunidad de bienes.

Justificante del porcentaje de participación

Justificante del porcentaje de participación del comunero en la comunidad de bienes.

Justificantes de la valoración de los bienes y derechos integrantes de su patrimonio a 31/12/2022, entre otros:

    • Bienes inmuebles: valor mínimo atribuible si lo hubiera, valor catastral 2022, valor comprobado por la Administración y valor de adquisición.
    • Depósitos y cuentas corrientes: certificado bancario con saldo medio último trimestre y saldo a 31 de diciembre.
    • Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios negociados en mercados organizados: valor de negociación a 31 de diciembre (media del cuarto trimestre en territorio común).
    • Otros valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios: valor nominal.
    • Valores representativos de la participación en sociedades u otras entidades, negociados en mercados organizados: valor de negociación a 31 de diciembre (media del cuarto trimestre en territorio común).
    • Otros valores representativos de la participación en sociedades u otras entidades: valor teórico del último balance aprobado, valor nominal y beneficios de los tres últimos ejercicios cerrados con anterioridad a 31 de diciembre.
    • Seguros de vida y rentas temporales o vitalicias: valor de rescate y valor de capitalización a 31 de diciembre.
    • Joyas, pieles de carácter suntuario y vehículos, embarcaciones y aeronaves: valor de mercado a 31 de diciembre.
    • Objetos de arte y antigüedades: valor de mercado a 31 de diciembre.
    • Deudas: valor nominal a 31 de diciembre.

Cualquier otro dato que considere relevante

Cualquier otro dato que considere relevante para la confección de la declaración.

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